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La reversión del Canal de Panamá a manos panameñas es una buena oportunidad para dar lectura al libro de acceso público, Canal de Panamá: 30 años del Título Constitucional”

Con información de la ACP

Este 31 de diciembre se recuerda el hito histórico que aconteció hace 26 años: la reversión del Canal de Panamá a manos del país.

El acontecimiento del 31 de diciembre de 1999  tiene su origen en el legado y el esfuerzo de cientos de generaciones que lucharon por recuperar un símbolo nacional.

Esta fecha es oportunidad para leer el libro de acceso público, “Canal de Panamá: 30 años del Título Constitucional”. Editado en el año 2024, es «una publicación que reúne los conocimientos y experiencias de trece destacados juristas panameños. Este libro ofrece una visión integral sobre el impacto jurídico y la evolución institucional que ha fortalecido la democracia panameña, consolidando una sólida reputación internacional y reafirmando la confianza en el valor de la marca Canal de Panamá«, describe la Autoridad del Canal de Panamá (ACP).

«La obra, además de ser un valioso aporte para la historia jurídica de Panamá, es un tributo a los patriotas y juristas que con dedicación y conocimiento forjaron un régimen especial que ha garantizado la autonomía y operación del Canal bajo un marco de Derecho Constitucional innovador. Este paradigma jurídico que sustenta a la Autoridad del Canal de Panamá ha derivado en el desarrollo y evolución de diversas ramas del Derecho, tales como el Derecho Administrativo, Laboral, Marítimo, Ambiental, Logístico y de Contrataciones Públicas».

De este libro publicamos a continuación el prólogo, autoría del Dr. Rodrigo Noriega, un homenaje a quienes hicieron posible este capítulo de la historia panameña. Hoy, 31 de diciembre, decimos adiós a un año y también a nuevas certezas con este esfuerzo de un pueblo que inspira.

Las memorias de los héroes del Derecho

El 9 de enero de 1964 un grupo de jóvenes adolescentes, todos estudiantes del Instituto Nacional, marcharon a la Escuela Superior de Balboa para izar la bandera panameña según había sido pactado en el acuerdo Chiari-Kennedy, que estipuló la izada del pabellón nacional junto al de los Estados Unidos de América en todas las instalaciones civiles de la entonces denominada Zona del Canal.

Una delegación de seis estudiantes panameños fue autorizada para izar la bandera y cantar el himno nacional. Una multitud de estudiantes de la Escuela Superior de Balboa y algunos padres de familia les impidieron a los institutores que cumplieran su cometido.

Se dio un forcejeo en el cual uno de los policías de la Zona del Canal desgarró la bandera con su tolete, lo que provocó el inicio de una refriega, por lo que los estudiantes panameños regresaron con sus compañeros ante la evidente hostilidad que enfrentaban. Ese incidente devino en una enorme protesta nacional que repudió dicha afrenta, y que costó la vida a 22 panameños y dejó otros más de 500 heridos. Los nombres de los 22 mártires del 9 de enero de 1964 son los siguientes:

Ascanio Arosemena Chávez, Gonzalo Antonio Crance Robles, Teófilo Belisario De La Torre Espinosa, Jacinto Palacios Cobos, Alberto Oriol Tejada, Ezequiel Meneses González, Luis Vicente Bonilla Cacó, José Enrique Gil, Alberto Nicholas Constance, Víctor Manuel Iglesias, Rodolfo Sánchez Benítez, Víctor Manuel Garibaldo Figueroa, Gustavo Rogelio Lara, José Del Cid Cobos, Ricardo Murgas Villamonte, Rosa Elena Landecho, Ovidio Lizandro Saldaña Armuelles, Estanislao Orobio Williams, Maritza Ávila Alabarca, Carlos Renato Lara, Evilio Lara, y Celestino Villarreta.

El incidente del 9 de enero de 1964 causó que la República de Panamá rompiera relaciones con los Estados Unidos de América y que se iniciara un proceso de negociación de un nuevo tratado entre ambos países que puso fin a la Zona del Canal y que le entregó a la República de Panamá el control absoluto sobre la vía interoceánica, así como las tierras y aguas que formaban parte de dicha Zona del Canal.

Esta transición se realizó a ojos de propios y extraños con pocos sobresaltos y dentro de un complejo esquema institucional y jurídico que daría nacimiento a la normativa y a la institucionalidad que han convertido a la Autoridad del Canal de Panamá en una empresa de categoría mundial.

La presente obra es a la vez un compendio enciclopédico de las respuestas que la República de Panamá le dio al mayor desafío jurídico de toda su historia. En paralelo, esta obra contiene la narración en primera persona, por un lado, de los principales protagonistas de esta gran transición jurídica, grandes patriotas y maestros de la abogacía que pusieron sus conocimientos al servicio de la causa de la soberanía panameña, y por el otro, de aquellos a quienes les ha tocado aplicar este régimen especial, adaptarlo y defenderlo.

Este es un homenaje a todas y todos los héroes anónimos que transformaron el derecho panameño y crearon una especialidad jurídica única en el mundo: el Derecho del Canal de Panamá.

Este compendio contiene trece capítulos que representan, como facetas de un diamante, los aspectos fundamentales de la negociación de los Tratados Torrijos-Carter, su implementación, la articulación y diseño de un régimen constitucional para el Canal de Panamá, la conformación de la institucionalidad canalera, así como los diversos componentes que la integran, las normas jurídicas que la rigen, las relaciones laborales, los procesos de compras, la gestión de los espacios públicos, los paisajes naturales, los ecosistemas y los cuerpos hídricos, la política de peajes y un estudio de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia sobre el Canal de Panamá, así como una reflexión sobre la oposición al tercer juego de esclusas, y finalmente, una consideración minuciosa de las actividades económicas que puede realizar la Autoridad del Canal de Panamá.

En detalle, la ilustre lista de juristas que desarrollaron sus sesudos textos para esta obra incluye a: Aristides Royo Sánchez, Los Tratados Torrijos-Carter: afanes jurídicos y políticos para lograr plena soberanía y un canal para Panamá; Jorge Eduardo Ritter, La transición del Canal; Adolfo Ahumada, La Autoridad del Canal: el híbrido colosal; Carlos Arrue, Reflexiones en torno a la personalidad jurídica y la autonomía del Canal de Panamá; Salvatore Bacile, Principios rectores sobre los cuales se construyó el Régimen Legal Especial del Canal de Panamá; Eloy Alfaro, El Título Constitucional; Eduardo Quirós, La institucionalidad del Canal de Panamá y sus reglas éticas; Alfredo Ramírez, Política de peajes y el Canal de Panamá; Álvaro Cabal, Régimen Laboral Especial del Canal de Panamá; Agenor Correa, El Reglamento de Contrataciones de la ACP: elementos jurídicos relevantes; Marlene de Fábrega, Facultades y responsabilidades de la ACP sobre las distintas áreas sujetas a su régimen especial; Mario Galindo, Los adversarios de la ampliación del Canal y sus argumentos; Eduardo Sousa-Lénox, Actividades conexas y complementarias: clave para potenciar el desarrollo del Canal de Panamá.

La epopeya jurídica de la soberanía La importancia para la bibliografía jurídica panameña de la presente obra no puede ser exagerada. Este compendio está destinado a convertirse en un texto de referencia para panameños y extranjeros en lo que se refiere a la historia, a la evolución institucional y al desarrollo jurídico de todo el paradigma panameño de la gestión del Canal de Panamá.

Lo que se describe en estas páginas es creación e innovación jurídica ocurrida en los últimos 30 años a partir de la aprobación del Título Constitucional sobre el Canal de Panamá. Es precisamente, en la última década del siglo XX, y justo antes de la reversión final a manos panameñas de la vía interoceánica, que las principales fuerzas políticas y actores sociales del país establecieron dos grandes acuerdos nacionales, el primero devendría en la propuesta de reforma constitucional que se convertiría en el Título XIV de la Constitución Política de la República de Panamá, y el segundo gran acuerdo se efectuó para el diseño y organización de la Autoridad del Canal de Panamá por medio de la Ley 19 de 1997, su Ley Orgánica.

Es un tributo a la buena política panameña, que estos dos acuerdos se hayan realizado de forma consecutiva en gobiernos presididos por coaliciones partidarias de distintos signos. Ese gran compromiso nacional construido por las mejores mentes jurídicas y políticas ha demostrado con creces, con el paso del tiempo, que todo este proceso se ha convertido en el gran triunfo de Panamá.

Este resultado no era necesariamente la consecuencia natural de la complicada interrelación entre el Estado panameño y los Estados Unidos de América.

Panamá tuvo que afrontar un importante desafío para poder alcanzar la victoria en materia de la recuperación del Canal de Panamá.

El país tuvo que recuperar el sistema democrático de gobierno para crear las condiciones que permitieron consolidar los cambios jurídicos e institucionales que dieron luz a la Autoridad del Canal de Panamá. En cada coyuntura histórica que el país vivió desde el 1 de octubre de 1979, cuando se inició la implementación del Tratado Torrijos-Carter, y hasta bien adelantada la tarea de la reversión canalera, cualquier contratiempo, obstáculo o incluso el comportamiento de todas las partes que debían facilitar la transición, pudo dar al traste con el histórico logro de todas las generaciones de panameñas y panameños.

Desde el primer día de la entrada en vigencia del Tratado Torrijos-Carter y hasta su cumplimiento final, los panameños y panameñas tuvieron que luchar por una amplia gama de temas, desde la igualdad de condiciones laborales, en especial la remuneración, y hasta la modernización de la propia vía interoceánica cuya entrega a la República de Panamá pudo desembocar en un canal en un estado ruinoso.

La valiente y constante lucha de los panameños que formaron parte de la Junta Directiva de la Comisión del Canal de Panamá y luego de la Autoridad del Canal de Panamá, cuando todavía estaba bajo jurisdicción de los Estados Unidos de América, hizo posible que el proceso de reversión cumpliera su finalidad de entregar a la República de Panamá un Canal moderno.

A lo largo de estos 30 años tres factores esenciales han servido de fundamento para el evidente éxito del Canal de Panamá.

El primer factor es el diseño de su gobernanza con su propio Título Constitucional que establece la independencia de la Autoridad del Canal de Panamá de la política partidista, así como una robusta autonomía patrimonial.

El segundo factor es el desarrollo de un régimen laboral propio fundamentado en el talento y la meritocracia, que le ha garantizado a la Autoridad del Canal de Panamá contar con el mejor talento posible, y sobre todo con una fuerza de trabajo comprometida con la integridad y la ética en el cumplimiento de sus tareas. Esto último ha blindado al Canal de Panamá de los vaivenes de los nombramientos y comportamientos arbitrarios.

El tercer factor es el más relevante desde el punto de vista jurídico. Sin lugar a duda, la defensa, por parte de la Corte Suprema de Justicia, del estatus y de la normativa de la Autoridad del Canal de Panamá, ha mantenido la letra y el espíritu de los Tratados del Canal de Panamá, ha desarrollado jurisprudencialmente los mandatos constitucionales del Título XIV, y ha respaldado la integridad de los reglamentos y acciones administrativas adoptadas por la institución canalera. Este acompañamiento de la jurisdicción constitucional, del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, y de la jurisdicción de lo contencioso-administrativo de la Sala Tercera de dicha Corte ha sido la pieza clave para que el corpus jurídico canalero se haya desarrollado como una gran rama del derecho panameño.

El Canal de Panamá y sus desafíos

La vía interoceánica enfrenta importantes retos que requieren nuevamente de la formación de un gran consenso nacional como el que impulsó la reforma constitucional de 1994.

Al igual que con el Tercer Juego de Esclusas, obra cuya autorización fue obtenida por referéndum popular el 22 de octubre de 2006, el Canal de Panamá necesita garantizar la estabilidad del suministro del recurso hídrico para satisfacer las necesidades de agua potable de la gran área metropolitana de Panamá, que incluye a una amplia población en tres provincias.

Ese creciente consumo de agua debe ser atendido de forma prioritaria, y a su vez, la Autoridad del Canal de Panamá debe procurar suficiente agua dulce para su operación cotidiana. Esto último se trata de una responsabilidad internacional, ya que está establecido en el Protocolo Permanente de Neutralidad del Canal de Panamá y en la propia Constitución Política de la República de Panamá.

El gran reto del agua para el área metropolitana y el agua para el Canal de Panamá pasa por el tamiz de un gran consenso que articule un acuerdo que garantice el agua, así como preserve los ecosistemas que la hacen posible y fomente una mayor eficiencia en el uso de este recurso por parte de todos los sectores.

La experiencia del 2006 demuestra que el diálogo y la concertación marcan la ruta más apropiada y favorable para atender cada desafío que enfrente el Canal de Panamá.

La mayor presión proveniente del cambio climático global, la modificación de las tecnologías de transporte y de los patrones de comercio internacional, así como los riesgos geopolíticos requieren que la Autoridad del Canal de Panamá mantenga su gobernanza y su autonomía presupuestaria. Estos últimos 30 años han demostrado que la entidad ha tenido la flexibilidad y la capacidad de responder a tiempo a las crisis.

La Autoridad del Canal de Panamá tiene una de las mejores ventajas sobre la institucionalidad pública latinoamericana, que es la facultad de innovar en su gestión. Como pocas empresas estatales, la que opera el Canal de Panamá combina un importante legado histórico, junto con una tradición tecnológica de avanzada, y por supuesto su capacidad de convocar al talento necesario para acometer sus grandes tareas.

El Canal no existe en un vacío, es parte de una plataforma logística fundamentada en la diferenciación geográfica panameña, cintura más estrecha del hemisferio que conecta a las dos grandes masas del continente y separa a los dos grandes océanos de la región.

El Canal de Panamá es a la vez que una vía de tránsito, un hub energético, un componente fundamental de la logística marítima mundial, un gran laboratorio para la conservación y estudio de a biodiversidad, el principal atractivo turístico en Panamá, y un motor clave para el desarrollo económico del país en todas sus dimensiones.

Esta multiplicidad de roles es posible en gran parte debido a la arquitectura institucional y a la cultura jurídica que la ha caracterizado.

Existe un importante mandato no escrito para la Autoridad del Canal de Panamá, que es la gran obligación moral de fomentar el conocimiento de su historia y por ende de la historia de Panamá. La excesiva dependencia de la enseñanza escolar de la Historia como disciplina académica, cargada de fechas y eventos, impide el conocimiento de la otra historia, la de instituciones producto del sacrificio y sueño de muchas generaciones, esa por supuesto es la historia de la Autoridad del Canal de Panamá.

El paradigma jurídico que rige a la Autoridad del Canal de Panamá, así como el conjunto de reglamentos y normas internas que facilitan la operación canalera se derivan de una innovación en el Derecho Constitucional panameño, que luego requirió la evolución del Derecho Administrativo, el Derecho Laboral, el Derecho de Contrataciones Públicas, el Derecho Marítimo, el Derecho Ambiental, el Derecho Logístico y de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia que interpretó y validó estas normativas. A diferencia de otros cuerpos jurídicos en los que existía una tradición milenaria del Derecho Romano, o el modelo jurídico derivado de los elegantes códigos napoleónicos, las y los juristas panameños que construyeron el sistema normativo descrito en esta obra, tuvieron que generar nuevas instituciones del derecho, adaptar otras del mundo anglosajón y producir una síntesis jurídica sumamente novedosa que se ha convertido en uno de los puntales de los aportes panameños a la tradición jurídica mundial.

Con esta obra enciclopédica se cumple con la obligación de promover el conocimiento de la gran tarea titánica que fue construir la normativa jurídica que regula a la Autoridad del Canal de Panamá, rige sus relaciones y operaciones, y que es referencia para la industria marítima mundial. Esta es una obra escrita por panameños que será de consulta obligada para jueces, servidores públicos, educadores, juristas, investigadores, diplomáticos y líderes de todos los sectores. Esta es una obra para los tiempos y un testimonio vivo de la grandeza que alcanzaron los panameños y panameñas, en especial aquellos que sembraron banderas, y que llevaron a la nación a cosechar su soberanía.

Dr. Rodrigo Noriega

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