Redacción La Web de la Salud
El Ministerio de Comercio e Industrias no podrá otorgar concesiones para la exploración, extracción, transporte y beneficio de minerales metálicos en la República de Panamá y rechazará de plano toda nueva solicitud
En Gaceta Oficial ya está publicada la Ley No. 407 de 3 de noviembre de 2023 “que prohíbe el otorgamiento de concesiones para la exploración, extracción, transporte y beneficio de la explotación de la minería metálica en todo el territorio nacional” (Ley de Moratoria).
Este mismo 3 de noviembre, la Asamblea Nacional remitió a la Presidencia de la República el Proyecto de Ley que establece una moratoria indefinida para la exploración, extracción, transporte y beneficio de la minería metálica en todo el territorio nacional aprobado en tercer debate.
Por su parte, el presidente Laurentino Cortizo anunció la sanción del instrumento jurídico.
El documento presentado por el Órgano Ejecutivo, el pasado lunes 30 de octubre, se fundamenta en el principio precautorio, que implica la responsabilidad del Estado de salvaguardar la salud de la población y garantizar un entorno limpio y libre de contaminación.
¿Qué dicen los artículos?
Artículo 1. En concordancia con el principio precautorio, que implica el deber del Estado de velar por la salud de la población y garantizar que viva en un ambiente sano y libre de contaminación, se declara una moratoria por plazo indefinido al otorgamiento de concesiones para la realización de actividades de exploración, extracción, transporte y beneficio de minerales metálicos en todo el territorio nacional.
Artículo 2. Lo dispuesto en el artículo anterior conlleva que el Ministerio de Comercio e Industrias no podrá otorgar concesiones para la exploración, extracción, transporte y beneficio de minerales metálicos en la República de Panamá, y que rechazará de plano toda nueva solicitud presentada para la obtención de dichas concesiones, a partir de la promulgación de la presente Ley.
Artículo 3. A partir de la promulgación de la presente Ley, quedarán rechazadas todas las solicitudes en trámite para la obtención de concesiones para la exploración, extracción, transporte y beneficio de minerales metálicos y el Ministerio de Comercio e Industrias dispondrá el archivo de estos expedientes dentro de un término de tres meses siguientes a su promulgación.
Artículo 4. Ninguna concesión de exploración, extracción, transporte y beneficio de minerales metálicos será renovada o prorrogada a partir de la promulgación de la presente Ley.
El Presidente de la República dijo en su mensaje que “con el respeto debido a la separación de los poderes del Estado, esperamos el fallo de la Corte Suprema de Justicia”.
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